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Controlarán con rigor que no haya despidos y suspensiones en San Juan

El subsecretario de Trabajo, Jorge Oribe, señaló que se hará cumplir el decreto de necesidad y urgencia que busca preservar las fuentes laborales.
miércoles, 1 de abril de 2020 12:52
miércoles, 1 de abril de 2020 12:52

El presidente Alberto Fernández dispuso, a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia se estableció la prohibición, por un período de 60 días, de "los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor", como así también las "suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo".

En ese sentido, en San Juan, se realizarán controles para garantizar su cumplimiento. En conferencia de prensa, así lo afirmó el subsecretario de Trabajo, Jorge Oribe: "lo más importante tiene que ver con priorizar las fuentes de trabajo y ya tenemos el decreto 329 para prohibición de la suspensión y despidos y los que se hagan serán tenidos como no válidos. Saldremos con nuestros inspectores y los del área de Trabajo de la Nación para certificar que no haya maniobras especulativas. Haremos controles estrictos para que haya un efectivo cumplimiento del decreto".

Acerca de las empresas que recurran a un "procedimiento preventivo de crisis tienen que presentar la documentación ante Nación para acceder al REPRO, según la legislación vigente. Se hace online únicamente"

El Decreto de Necesidad y Urgencia 329/2020 publicado en un suplemento de la edición de hoy el Boletín Oficial, remarca que "resulta indispensable garantizar la conservación de los puestos de trabajo por un plazo razonable, en aras de preservar la paz social y que ello solo será posible si se transita la emergencia con un Diálogo Social en todos los niveles y no con medidas unilaterales", asevera la norma en sus fundamentos.

En este sentido, señala que decisiones de ese tipo no serían "más que una forma de agravar en mayor medida los problemas que el aislamiento social, preventivo y obligatorio procura remediar".

En su artículo cuarto, el decreto publicado en una edición suplementaria del Boletín Oficial de este jueves, establece que "los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto" en la norma, "no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales".

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