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Con el aumento de la nafta, volvió a subir el valor de las multas de tránsito en San Juan

En lo que va del año, el aumento de los valores subieron 11,9%. El valor de la nafta infinia es el que determina lo que hay que pagar de UF con la multa.
lunes, 19 de octubre de 2020 00:00
lunes, 19 de octubre de 2020 00:00

Este sábado subió 3,5% el precio del combustible y de esta forma se produjo el tercer aumento que registra el sector desde el 19 de agosto pasado, luego de casi nueve meses de congelamiento de precios. De esta manera se acumula un incremento de 11,9%. Paralelamente se produjo una suba de los valores de las multas que se aplican ante infracciones de tránsito en San Juan.

Con el valor de la nafta infinia se mide la unidad UF que sirve para poner el costo de la multa a pagar por quien infringe una norma de tránsito. Tras el aumento del sábado, el precio de la nafta infinia quedó en $75.99 y de esta forma se debe multiplicar ese valor por la cantidad de UF que corresponda a la multa.

Vale destacar que si la persona asiste al Juzgado de Faltas dentro de los 30 días posteriores al labrado de la multa, se le aplica un descuento, de lo contrario, fuera de ese plazo la multa se deberá abonar completa.

A continuación los valores de cada una 

- Conducir vehículos en estado de intoxicación alcohólica o bajo la acción de estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir:

  • Motos: 150 UF: 11.398,5 pesos
  • Automóviles: 250 UF: 18.997 pesos
  • Camionetas o furgones: 300 UF: 22.797 pesos
  • Camiones 400 UF: 30.396 pesos
  • Vehículo de transporte público de pasajeros: 600 UF: 45.594 pesos

- No permitir a la autoridad de aplicación el control sobre la ingesta de alcohol o estupefacientes luego de cometida una infracción: 150 UF: 11.398,5 pesos

- Darse a la fuga o pretender fugar, o eludir autoridad interviniente en un operativo de control, o negarse a suministrar en tal circunstancia los datos esenciales de licencia de conductor: 200 UF: 15.198 pesos

- Violar las disposiciones de la autoridad policial, fuerza de seguridad, funcionario público en función de control de tránsito, o las dadas por aparatos mecánicos indicativos de tránsito: 150 UF: 11.398,5 pesos

- Ser parte de un accidente de tránsito y no denunciarlo ante cualquier autoridad de control: 150 UF: 11.398,5 pesos

- Conducir vehículos a velocidad peligrosa: 250 UF: 18.997 pesos

- Violar los límites de velocidad señalizados o fijados en normas de tránsito: 250 UF: 18.997 pesos

- Competir en velocidad o regularidad con otro vehículo en la vía pública: 250 UF: 18.997 pesos

- Conducción de vehículos sin estar habilitados, o con registro vencido, o estando suspendida la habilitación o inhabilitados por autoridad judicial: 

  • Motos: 150 UF: 11.398,5 pesos
  • Automóviles: 250 UF: 18.997 pesos
  • Camionetas o furgones: 300 UF: 22.797 pesos
  • Camiones 400 UF: 30.396 pesos
  • Vehículo de transporte público de pasajeros: 600 UF: 45.594 pesos

- Al propietario o responsable de un vehículo que permita la conducción del mismo a personas no habilitadas, o menores de 16 años se aplicará: 

  • Motos: 150 UF: 11.398,5 pesos
  • Automóviles: 250 UF: 18.997 pesos
  • Camionetas o furgones: 300 UF: 22.797 pesos
  • Camiones 400 UF: 30.396 pesos
  • Vehículo de transporte público de pasajeros: 600 UF: 45.594 pesos

 

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